martes, mayo 19, 2026
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El Gobierno oficializó el pago de un bono de $70.000 para jubilados con haberes mínimos en agosto

Este jueves, el Gobierno nacional formalizó el otorgamiento de un bono previsional de $70.000, que será abonado durante agosto a quienes perciban el haber jubilatorio mínimo. La medida fue establecida mediante el Decreto 523/2025, publicado en el Boletín Oficial.

Con esta decisión, las jubilaciones mínimas en agosto alcanzarán los $384.305, considerando que el haber base fue fijado en $314.305,37 tras aplicarse un incremento del 1,6%, correspondiente a la variación de precios registrada en junio.

En los casos en que una persona cobre un monto superior al haber mínimo pero inferior a los $384.305, se entregará un bono por la diferencia necesaria hasta alcanzar esa cifra. Por ejemplo, si un beneficiario percibe $350.000, el bono será de $34.305. Así, el aumento efectivo en los haberes más bajos respecto al mes anterior será de apenas $5.000, al pasar de $379.298 a $384.305.

El Ejecutivo justificó la medida en los fundamentos del decreto, señalando los efectos negativos de la fórmula de movilidad jubilatoria vigente desde marzo de 2021 (Ley 27.609). Según el texto, dicha fórmula presenta “graves inconvenientes” al no reflejar adecuadamente la inflación, provocando un desfasaje entre el aumento de precios y el ajuste de los haberes previsionales.

Desde el inicio de la gestión de Javier Milei se otorgaron diferentes ayudas extraordinarias: dos bonos de $55.000 en los primeros meses de 2024, y desde marzo de ese año, una ayuda mensual de $70.000. El Gobierno argumenta que estas medidas fueron necesarias para sostener los ingresos de los jubilados más afectados por el impacto de la ley vigente.

El decreto también aclara que el bono será no remunerativo, no estará sujeto a descuentos y no será considerado para otros cálculos o beneficios. En el caso de pensiones con varios copartícipes, se computará como un único beneficio a los fines del pago del bono.

¿Quiénes recibirán el bono?

La medida alcanza a los siguientes grupos:

  • Titulares de prestaciones contributivas a cargo de ANSES.
  • Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Personas que cobren pensiones no contributivas por invalidez, vejez, por ser madres de 7 hijos o más, así como otras pensiones no contributivas y graciables pagadas por ANSES.

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