El Tribunal Oral Federal N° 2 resolvió que la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner cumpla su condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos bajo la modalidad de prisión domiciliaria. El fallo, dictado este martes, incluye una serie de condiciones específicas y justificaciones jurídicas que marcarán la ejecución de la pena.
Estas son las principales claves de la decisión:
- Domicilio de cumplimiento:
La ex mandataria deberá cumplir su condena en su vivienda ubicada en San José 1111, 2° piso “D”, en el barrio de Constitución, Ciudad de Buenos Aires. - Monitoreo electrónico:
Se ordenó la colocación de una tobillera electrónica, en cumplimiento de la Ley 24.660. Esta medida solo podrá ser levantada por recomendación técnica fundada. - Restricciones y obligaciones:
Cristina Kirchner no podrá abandonar su domicilio sin autorización judicial, salvo en casos de fuerza mayor debidamente acreditados. Además, deberá evitar comportamientos que alteren la paz del vecindario. - Listado de personas autorizadas:
En un plazo de 48 horas hábiles, deberá presentar una nómina de personas que podrán ingresar a su domicilio sin necesidad de autorización previa: familiares, custodios, médicos y abogados. Cualquier otro ingreso deberá ser autorizado por el tribunal. - Controles periódicos:
La Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal realizará controles cada tres meses y elevará un informe al tribunal sobre el cumplimiento de las condiciones impuestas. - Fundamentos del arresto domiciliario:
El tribunal valoró la edad de la ex presidenta (72 años), su estado de salud, su condición de ex jefa de Estado y el atentado que sufrió en 2022, aún bajo investigación. - Sin privilegios especiales:
Los jueces aclararon que la condición de ex presidenta no implica beneficios jurídicos. La custodia de la Policía Federal no sustituye la pena ni justifica un régimen distinto al previsto en la ley. - Evitar el aislamiento carcelario:
El fallo advierte que mantener a una persona en aislamiento por motivos de seguridad sería incompatible con las normas nacionales e internacionales sobre el trato a personas detenidas. - Oposición del Ministerio Público Fiscal:
Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola se opusieron al beneficio, argumentando que no se daban condiciones humanitarias suficientes y que la seguridad podía garantizarse en una unidad penitenciaria. - Inicio formal del cumplimiento de la pena:
La resolución deja firme la ejecución de la condena, suspende la citación a Comodoro Py prevista para este miércoles y pone en marcha el cumplimiento efectivo de la pena desde el domicilio fijado.




