viernes, mayo 1, 2026
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La Cámara Electoral revocó el fallo que permitía a Cristina Kirchner votar en octubre

La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió este lunes dejar sin efecto la decisión que mantenía a Cristina Fernández de Kirchner en el padrón electoral de Santa Cruz, a pesar de su condena en la causa Vialidad.

El tribunal, integrado por Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, revocó el fallo de la jueza federal de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien había ordenado garantizarle el derecho al voto a la expresidenta al considerar que restringirlo violaba estándares fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

De acuerdo con el Código Penal y el Código Nacional Electoral, las personas con condenas de prisión mayores a tres años quedan inhabilitadas para sufragar. Si bien en otros fallos la CNE cuestionó la aplicación automática de esta prohibición, en este caso entendió que, tratándose de un delito de corrupción, la inhabilitación debía hacerse efectiva.

Los camaristas remarcaron que la Justicia debe evaluar la naturaleza del delito y las circunstancias procesales antes de decidir, y concluyeron que correspondía registrar la exclusión de la exvicepresidenta del padrón.

La magistrada de Santa Cruz había sostenido lo contrario basándose en jurisprudencia previa, como el caso Zelaya, en el que se declaró que impedir el voto afecta derechos humanos básicos como la igualdad, la dignidad y la participación ciudadana. Según su interpretación, esas garantías prevalecían sobre la sanción accesoria de la inhabilitación.

Finalmente, la CNE determinó que en este expediente debía aplicarse la pena complementaria, dado el carácter del delito por el que fue condenada Fernández de Kirchner: defraudación contra la administración pública.

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