viernes, mayo 1, 2026
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El Gobierno baja las tasas de interés que deben pagar los contribuyentes

El Gobierno nacional redujo las tasas de interés resarcitorias, punitorias y de devolución que deben afrontar los contribuyentes, según lo establece la Resolución 823/2025 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

A partir de esta decisión, la tasa de interés resarcitoria en pesos —aplicable cuando un contribuyente paga fuera de término— baja del 4% al 2,75% mensual. En tanto, la tasa punitoria, que rige para deudas en instancia judicial o con intimación previa, disminuye del 5% al 3,5% mensual.

Por su parte, la tasa de devolución en pesos —que se aplica cuando el Estado debe reintegrar fondos a los contribuyentes, por ejemplo por saldos a favor— se reduce del 0,75% al 0,5% mensual.

Los nuevos valores entrarán en vigencia desde el 1 de julio, aunque la resolución se formaliza a partir del 25 de junio. No obstante, la modificación no será retroactiva: para pagos atrasados con vencimiento anterior, seguirán vigentes las tasas correspondientes al período de devengamiento.

“Para la cancelación de las obligaciones con vencimiento previo a la fecha de entrada en vigencia de la norma, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos que estos alcancen”, señala el texto oficial.

Desde el Ejecutivo destacaron que esta medida se toma en el contexto de una “importante desaceleración de la inflación”, como resultado de las políticas económicas implementadas. El ministro de Economía, Luis Caputo, celebró la medida en su cuenta de X, destacando que se trata de una nueva señal del rumbo fiscal del Gobierno.

Además, se remarcó que “el Gobierno Nacional continúa bajando las tasas de interés y evitando fluctuaciones que dificultaban la previsión para contribuyentes y operadores aduaneros”.

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