La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha eliminado la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, a través de la Resolución General 5545/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial. Esta medida deriva de la derogación de la ley de Alquileres 27.551 por el Decreto 70/2023.
A partir de hoy, los propietarios no necesitan inscribir los contratos en el «Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)» para su validez. Sin embargo, la nueva resolución establece que aquellos contribuyentes que deseen acceder a los beneficios fiscales del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y otros impuestos, deberán declarar sus contratos de alquiler en el RELI antes del 30 de septiembre de 2024 o 15 días corridos después de su firma.
La AFIP también ha eliminado la obligación para los empleados en relación de dependencia de adjuntar una copia del contrato de alquiler en el servicio SiRADIG para acceder a las deducciones por alquiler de vivienda.
Con estas medidas, la AFIP continúa con la eliminación de trámites y requisitos para facilitar las operaciones comerciales y simplificar la vida del contribuyente. En lo que va del año, el organismo ya ha derogado el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), las declaraciones juradas para productores agropecuarios, el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para importaciones.




