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Comenzó la veda electoral: ¿qué es y qué no se puede hacer?

A partir de las 08:00 hs de este viernes 17 de noviembre comenzó la veda electoral que incluye una serie de prohibiciones de cara al balotaje del domingo 20. Según el Código Electoral Nacional, la veda se debe cumplir para garantizar un normal desarrollo de los comicios.

Veda electoral: qué es y qué no se puede hacer

Por la veda electoral, ya no se verán campañas ni publicidades electorales de los candidatos que el domingo participarán de la segunda vuelta electoral.

De esta forma, a 48 horas del inicio del comicio que se desarrollará el domingo en todo el país, la veda electoral contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, según establece la legislación.

Según el artículo 71 del Código Electoral, se establece que la veda electoral «debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral».

¿Se puede vender alcohol durante la veda electoral?

Por la veda electoral queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo.

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